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AREA DE PRESTAMOS
Préstamos
de Auxilio
1.
¿Quiénes pueden solicitar préstamos
de Auxilio de CAPREDENA? (subir)
Pueden
acceder a préstamos de auxilio los pensionados y montepiados
o en su defecto el apoderado notarial de estos, debidamente
acreditado por CAPREDENA.
2.
¿Las beneficiarias de pensión
de alimentos tienen derecho a solicitar Préstamo de
Auxilio? (subir)
No,
el beneficio es sólo para el titular de la pensión.
3.
¿Cuáles es el monto del Préstamo de
Auxilio? (subir)
El
monto máximo a otorgar dependerá de las disponibilidades presupuestarias
y del monto líquido de la pensión del interesado.
4.
¿Cuál es la tasa de interés
para un préstamo de auxilio? (subir)
Se
aplica un 4% de interés anual.
5.
¿Cuál es el plazo para cancelar un préstamo
de auxilio? (subir)
Se
descuenta de la pensión en 10 meses con 2 meses de
gracias para hacer efectivo el primer descuento.
6.
¿ Qué documentos se deben presentar para
solicitar un préstamo de auxilio en CAPREDENA? (subir)
-
Carné de Identidad vigente.
- Si el trámite lo realiza el Apoderado, sólo
se requiere fotocopia de su propia Cédula de Identidad
vigente.
7.
¿Cuánto se demoran en pagar el préstamo
de auxilio? (subir)
Los
préstamos de auxilio social se pagan en un plazo no
superior a cinco días, a partir de la fecha de recepción
conforme de su solicitud y sujeto a las disponibilidades presupuestarias.
8.
¿Una vez cancelado el préstamo
de auxilio se puede solicitar otro inmediatamente? (subir)
No,
una vez cancelado el préstamo tiene que esperar tres
meses efectivos, es decir, noventa días hábiles.
9.
¿Dónde debo concurrir si mi residencia no
es cercana a la Región Metropolitana? (subir)
Se
debe acercar a las Agencias y Oficinas Regionales de CAPREDENA, ubicadas
en:
Oficina Arica: Velásquez Nº 1700 (Centro Clínico Militar)
Agencia
Iquique : Arturo Prat N° 921
Oficina Antofagasta : Latorre N° 2356, segundo piso
Agencia Valparaíso : Avda. Brasil Nº 1410
Agencia Talcahuano : Avda. Blanco Nº 410
Agencia Valdivia : Pedro de Valdivia N° 595
Oficina Puerto Montt : O'Higgins # 167, oficina 406
Agencia Punta Arenas : Armando Sanhueza N° 1054
Préstamo Habitacional
1.
¿Qué antecedentes se deben
presentar para postular a un préstamo habitacional?
(subir)
-
Fotocopia de la cédula de identidad,
2.
¿En qué fecha se postula a un préstamo
habitacional de CAPREDENA? (subir)
Las
postulaciones son del mes de junio hasta octubre de cada año.
3.
¿Cuándo están listos los resultados
de postulación a un préstamo habitacional?
(subir)
Entre
los meses de febrero y marzo del año siguiente a la
fecha de postulación.
4.
¿Cómo se sabe si el préstamo habitacional
fue aprobado? (subir)
Esta
institución enviará respuesta mediante una carta
donde se le informa al interesado si fue o no aprobado, otra
alternativa es que concurra personalmente a consultar por
el resultado en la Oficina de Informaciones de la Casa Matriz
y/o Agencia Regional.
5.
¿Cuál de los préstamos habitacionales
tiene más factibilidad que sea aprobado? (subir)
Para
las solicitudes de préstamos habitacionales, cualquiera
sea su tipo, se confeccionan escalafones, dentro de cada grupo
de imponentes, considerando los años de imposiciones
efectivas en la Caja, en calidad de activo o pasivo.
6.
¿Qué es un Préstamo de Emergencia?
(subir)
Es
un préstamo habitacional que se otorga por una vez
y tiene por finalidad solucionar obligaciones en dinero, originadas
en créditos que tuvieron por objeto la compra de una
vivienda y cuyo cumplimiento se está exigiendo forzadamente
por vía judicial ejecutiva.
Es
requisito también, que la deuda quede totalmente pagada
y garantizada con hipoteca de carácter general a favor
de esta Caja, mientras esté vigente esta deuda.
El monto máximo de este préstamo es de $9.000.000. y subordinado a la capacidad de crédito de cada imponente. El monto podrá aumentar hasta a $12.000.000, previa autorización de la Sra. Vicepresidenta Ejecutiva. Si la deuda es mayor, la diferencia deberá ser de cargo del solicitante.
7.
¿Qué es una deuda impaga de Préstamos?
(subir)
Corresponde
al atraso en el servicio de la deuda por préstamos,
la cual es sancionada con un interés penal del 1% mensual
sobre las prestaciones insolutas.
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