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Entrega de órdenes de atención médica para prestadores de libre elección.

Orden de atención para ser atendido por prestadores de la libre elección, que tengan convenio vigente con CAPREDENA.

 

¿En qué consiste el trámite?

 
 
A solicitud del interesado y previa validación de la calidad de beneficiario, se emite una orden de atención para ser atendido por prestadores de la libre elección, que tengan convenio vigente con la Caja, y cuyo objetivo es que el valor no bonificado por el Fondo de Medicina Curativa, sea descontado de la pensión del beneficiario.

 
¿Dónde se realiza el trámite?  
 
  1. Caja de Previsión de la Defensa Nacional, Avda. Bulnes Nº102, Unidad de Bonificaciones de Salud (primer piso, módulos 11 al 16).
  2. Agencia Regional respectiva.
  3. Círculos de personal en retiro de las FFAA habilitados para ello.
  4. (Mapa de cobertura y lugares de atención)
 
¿A quiénes está dirigido el trámite?  
 
Beneficiarios del Sistema de Salud CAPREDENA adheridos al Fondo Solidario.
 
Requisitos  
 
Ser beneficiario del Fondo de Medicina Curativa. Estar afiliado al Fondo Solidario, con sus aportes al día.
 
Documentos requeridos  
 
Cédula de Identidad (titular o apoderado) Orden médica (si corresponde).
 
Observaciones  
 
Las órdenes de atención son extendidas, además de la propia CAPREDENA, por los Círculos de personal en retiro de las FFAA, en las localidades en que no existe presencia institucional y se encuentran habilitados para ello, con el propósito de otorgar cobertura nacional a los beneficiarios del Fondo de Medicina Curativa. La orden se emite en forma inmediata, salvo hospitalizaciones programadas que tienen un plazo de tramitación de 3 días.
 
 
Última modificación :
28/12/2005
 

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