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Entrega de órdenes de
atención médica para prestadores de libre elección.
Orden de atención para
ser atendido por prestadores de la libre elección,
que tengan convenio vigente con CAPREDENA.
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¿En qué consiste
el trámite?
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| A solicitud
del interesado y previa validación de la calidad de beneficiario,
se emite una orden de atención para ser atendido por
prestadores de la libre elección, que tengan convenio
vigente con la Caja, y cuyo objetivo es que el valor no bonificado
por el Fondo de Medicina Curativa, sea descontado de la pensión
del beneficiario.
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| ¿Dónde
se realiza el trámite? |
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- Caja de Previsión de la Defensa
Nacional, Avda. Bulnes Nº102, Unidad de Bonificaciones
de Salud (primer piso, módulos 11 al 16).
- Agencia Regional respectiva.
- Círculos de personal en retiro de
las FFAA habilitados para ello.
- (Mapa
de cobertura y lugares de atención)
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| ¿A quiénes
está dirigido el trámite? |
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| Beneficiarios del
Sistema de Salud CAPREDENA adheridos al Fondo Solidario. |
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| Requisitos |
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| Ser beneficiario del
Fondo de Medicina Curativa. Estar afiliado al Fondo Solidario,
con sus aportes al día. |
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| Documentos requeridos |
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| Cédula de Identidad
(titular o apoderado) Orden médica (si corresponde). |
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| Observaciones |
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| Las órdenes
de atención son extendidas, además de la propia
CAPREDENA, por los Círculos de personal en retiro de
las FFAA, en las localidades en que no existe presencia institucional
y se encuentran habilitados para ello, con el propósito
de otorgar cobertura nacional a los beneficiarios del Fondo
de Medicina Curativa. La orden se emite en forma inmediata,
salvo hospitalizaciones programadas que tienen un plazo de tramitación
de 3 días. |
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Última modificación
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28/12/2005
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