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Solicitud de alzamiento de hipoteca.
El objetivo de este trámite,
consiste en alzar y cancelar los gravámenes constituidos en
favor de la Caja, una vez que se haya verificado el pago total
de la deuda hipotecaria. En caso de haber fallecido el deudor,
se requerirá que todas las deudas existentes se encuentren
pagadas.
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¿En qué consiste
el trámite?
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| Una vez verificado
el pago total de la deuda hipotecaria, la Fiscalía Institucional,
procede a elaborar el borrador de escritura de cancelación
y alzamiento, la que posteriormente es enviada a la notaría
elegida por el usuario, para su confección. Una vez firmada
ésta por el representante legal de la Caja (Fiscal o
Agente Regional), el interesado debe retirarla de la notaría
para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces
respectivo; una vez inscrito, copia de tal escritura certificada
por el CBR, debe ser remitida a la Fiscalía Institucional.
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| ¿Dónde
se realiza el trámite? |
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- Caja de Previsión de la Defensa
Nacional, Avenida Bulnes N° 102, primer piso, Oficinas
de atención de público; Fiscalía Institucional,
cuarto piso, oficina 402.
- Agencia Regional respectiva.
- (Mapa
de cobertura y lugares de atención)
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| ¿A quiénes
está dirigido el trámite? |
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| Al deudor hipotecario
de Capredena, herederos o cesionarios. |
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| Requisitos |
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| Deuda hipotecaria
se encuentre totalmente pagada; En el caso que el deudor haya
fallecido, y la hipoteca tenga carácter general, no deberá
existir deuda alguna con la Caja. Debe ser solicitada por el
deudor, sus herederos o un tercero debidamente autorizado mediante
un poder. Interesado debe designar notaría en la cual
se confeccionará la escritura. |
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| Documentos requeridos |
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| Escritura de compraventa
o mutuo, o en su defecto, copia de inscripción de hipoteca
y prohibición. Certificado de Hipotecas y Gravámenes,
extendido por el CBR correspondiente. |
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| Observaciones |
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| Se hace presente que
el tiempo señalado anteriormente se refiere a un trámite
normal. El procedimiento y plazos son distintos en aquellos
casos en que el deudor se encuentra fallecido y tiene constituida
hipoteca de carácter general. El solicitante deberá
asumir los gastos correspondientes a la escritura de alzamiento
(notaría) y a las inscripciones en el Conservador de
Bienes Raíces respectivo. |
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Última modificación
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11/08/2005
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